El desmantelamiento ideológico de la `ciudadanía de EE.UU.' y el reconocimiento de una ciudadanía puertorriqueña de carácter nacional, ha conmovido el escenario de los actores principales del drama colonial: los partidos políticos (P.N.P., P.P.D., P.I.P.).

La "respuesta" del Partido Nuevo Progresista se recoge en la Ley Núm. 132 del 17 de noviembre de 1997, aprobada veinticuatro horas antes de que el Tribunal Supremo notificara la decisión, para enmendar el Artículo 10 del Código Político de 1902, con el siguiente texto:

1. Toda persona que posea la nacionalidad y sea ciudadano de los Estados Unidos y residente dentro de la jurisdicción del territorio de Puerto Rico será ciudadano de Puerto Rico."

La "exposición de motivos" de la Ley Núm. 132 es una pieza valiosa para la documentación de la historia del pensamiento anexionista-colonizado a finales del siglo XX:

"... el Gobierno de Puerto Rico, nunca ha tenido la autoridad legal o la capacidad constitucional para definir, establecer o regular una nacionalidad o una ciudadanía basada en una nacionalidad en referencia a las personas nacidas o residentes en Puerto Rico ... Implicar o pretender que Puerto Rico tiene dicha autoridad disminuye en vez de incrementar la verdadera soberanía y la autodeterminación del pueblo de Puerto Rico bajo la Constitución de los Estados Unidos ... en la medida que Puerto Rico siga bajo la soberanía de los Estados Unidos, la nacionalidad y la ciudadanía de las personas nacidas en Puerto Rico será determinada por el Congreso de los Estados Unidos ..."

De este modo, ni la nacionalidad estadounidense de las personas nacidas en Puerto Rico ni la ciudadanía estadounidense actual del pueblo puertorriqueño proviene de la Ley 600 o de la creación del Estado Libre Asociado; más bien, la actual nacionalidad estadounidense de las personas nacidas en Puerto Rico al día de hoy aún proviene del Tratado de París, y la ciudadanía estadounidense de las personas nacidas en Puerto Rico proviene de estatutos federales ..."

Víctima del propio derecho constitucional que informa el `federalismo', la Ley Núm. 32 del P.N.P. es letra muerta, ineficaz ante el dictamen del Tribunal Supremo en la causa de Juan Mari Brás. La constitución se impone a la legislación ordinaria. La interpretación del Alto Foro puertorriqueño atribuye a la ciudadanía puertorriqueña carácter nacional y constitucional que no puede ser alterado mediante legislación ordinaria. Aceptada la imposibilidad de esta legislación, el impacto de esta decisión para el PNP lo explica elocuentemente el congresista puertorriqueño José Serrano al afirmar que el fallo del Tribunal Supremo "constituía un rudo golpe" a las aspiraciones de los anexionistas de convertir a Puerto Rico en un Estado de la Unión. En efecto, tal y como Rubén Berríos Martínez ha expresado repetidamente en sus comparecencias ante el Congreso y en varias publicaciones, el gobierno de EE.UU. debe tener presente cuando evalúa el caso de Puerto Rico la experiencia de Quebec e Irlanda del Norte. Una cosa es hablar de Quebec y otra cosa es hacer a Quebec en Puerto Rico. Juan Mari Brás ya puso la primera piedra de la secesión y los organismos de seguridad de EE.UU. han enfilado su atención sobre la durmiente colonia donde hacía mucho tiempo como en Macondo no ocurría nada.

La respuesta del Partido Popular Democrático se ajusta al libreto de la época la propuesta legislación congresional plebiscitaria del Proyecto Young de corte anexionista y es una factura al `viejo aliado' gobierno de EE.UU. sobre la naturaleza jurídico-internacional de la criatura creada en conjunto allá para 1953. Imagine el lector a dos socios. El primero (EE.UU.) le traspasa la propiedad a otro el testaferro quien simula ser dueño y en efecto la inscribe a su nombre en el registro. Transcurren 44 años mientras testaferro representa ser el dueño de la propiedad, bajo conocimiento público de que EE.UU. es el titular real. Un buen día comienzan las fricciones y contradicciones con EE.UU. [Véase Informe del GAO (U.S. General Accounting Office) del 7 de noviembre de 1997] y el testaferro "le recuerda" al viejo socio que "yo tengo el dominio de la propiedad": así consta en el registro (O.N.U.).

Nos referimos al reclamo del PPD en torno a la vigencia de la Resolución 748 (VIII) aprobada por la O.N.U. en 1953, según la cual el Pueblo de Puerto Rico se "autodeterminó" al alcanzar un status constitucional e internacional; todo ello bajo la representación del gobierno de EE.UU. quien auspició la creación del llamado `Estado Libre Asociado'. El reconocimiento de la personalidad jurídica del ciudadano puertorriqueño que no es ciudadano de EE.UU. constituye un esbozo aún muy preliminar de ciudadanía dual en el ELA a la altura de 1997 y propende al posible reconocimiento de subjetividad jurídico-internacional parcial del Pueblo de Puerto Rico. Está por verse cuan lejos pueda llegar el `intento'. Se trata de la primera manifestación y ejercicio del título de propiedad transferido ficticiamente al testaferro. Gran `sorpresa' debe haber causado en los sectores de poder en EE.UU. que el Tribunal Supremo haya resuelto que no se requiere fidelitas a la metrópolis para tener derechos civiles y políticos en un `territorio' que por causa y efecto del colonialismo aún `pertenece' a EE.UU. El diferendo por la `protección diplomática' de los ciudadanos puertorriqueños asoma en el horizonte cercano.

La respuesta del Partido Independentista Puertorriqueño es la más fascinante de todas. Requiere un poco de historia. Tras la invasión de nuestro territorio en 1898, comenzó un procedimiento sistemático de asimilación de las formas de pensamiento y organización social de Estados Unidos, conforme la trabazón que imponían las relaciones económicas de la nueva estructura colonial. Los independentistas no estamos contrario a la creencia generalizada exentos del impacto de esa colonización.

De la miseria y explotación derivada por el acaparamiento de las materias primas y nuestros recursos naturales a comienzos de siglo y "asalto" de nuestra economía, la metrópolis se movió en la cuarta década a "un nuevo modelo" fundado en una infraestructura óptima para la inversión de capital norteamericano. La transformación de la economía puertorriqueña de 1950 en adelante trajo consigo una mejoría en las condiciones de vida de la población en general. La implantación del modelo del estado benefactor ("welfare state") en Puerto Rico, constituyó un acontecimiento histórico para la región caribeña y latinoamericana.

El asentamiento de las multinacionales y su inversiones aceleró el proceso de transformación de la realidad colonial. La pequeña burguesía criolla, como intermediaria del capital norteamericano, apoyó decididamente el nuevo "proyecto" que le representaba una situación privilegiada. Desde ese momento, echó raíces en nuestra historia la consideración inexorable de lo que se ha caracterizado como "nivel de vida". De paso, la ciudadanía de EE.UU. conceptualizada como puente económico de las nuevas transferencias de fondos federales (La Nueva Tesis, Rafael Hernández Colón) comenzó a mirarse de manera distinta a como se concibió en 1917. Se consolida una nueva clase social auto-denominada "estadista", enajenada y sin conciencia nacional, producto de la "nueva era empresarial", cuya finalidad última es consumar la integración económica de Puerto Rico a Estados Unidos y "asegurar" su bienestar material. En su discurso a nivel de masas, este sector plantea que "La Estadidad es Para los Pobres" en la versión-mito de Carlos Romero Barceló.

La idea de una sociedad civil que incorporaba los elementos de una economía en desarrollo trajo, sin duda, una reformulación total de la vida, el discurso, las ideas y los métodos de lucha en la manifestación del problema colonial. Produjo también un `ser humano nuevo', desplazado de la realidad latinoamericana y caribeña. Este proceso también se sustentó en la transformación radical de los medios de comunicación bajo el control de Estados Unidos, lo cual expandió el radio de influencia social y política de las estructuras del gobierno, los partidos políticos, las iglesias y el sector industrial. A ello, debemos sumar la masificación de la educación, cuya misión primordial se circunscribió a "glorificar" la transformación social y política del país. Estamos en pleno umbral de la era de "las oportunidades". Se habían echado los cimientos de lo que en época reciente se ha caracterizado como "lo mejor de dos mundos" versión del ELA contemporáneo.

Tampoco podemos perder de vista, que este "mundo" se construyó con la ayuda y servicio de una estructura electoral y de un sistema judicial, a imagen y semejanza de Estados Unidos, que dio impulso final al Puerto Rico colonial en esa fase histórica. La tasa de participación electoral y de comparecencia a los tribunales es extraordinaria. Ambas modalidades alimentan y sustentan la teoría de "gobierno propio" del ELA-colonial y proveen los mecanismos para la solución de disputas y contradicciones inherentes al proceso social. Así, las relaciones privadas y públicas adquieren una base de "legitimidad", al tiempo que se afirma la existencia de un régimen de derecho y de una "constitución".

El colonialismo en Puerto Rico ha producido un conjunto de seres humanos ajenos a la experiencia histórica del Estado-Nación durante todo el siglo 20, así como a la realidad cotidiana de supervivencia y carencias básicas de los países del tercer mundo próximo el nuevo milenio. Desde esa perspectiva, el Partido Independentista Puertorriqueño emerge en 1947 como una agrupación política de naturaleza "pacífica" y "cívica" conforme la reseña de Fernando Martín García en "La Tierra Prometida", pág. 21, ensayo publicado en ocasión de la celebración de los 50 años de la fundación del PIP. Apartado de las tácticas y métodos de lucha revolucionarios de la década del `70 a los cuales Fernando Martín se refiere como `moda veleidosa' en "La Tierra Prometida", pág. 59 no se concibe en el presente como un partido de ruptura o transformación radical del régimen colonial existente y las relaciones económicas que de aquél derivan. En esencia postula una transición armoniosa a la independencia basado en un Tratado de Amistad y Cooperación con el Gobierno de EE.UU.

La trayectoria política del PIP un desprendimiento del Partido Popular Democrático con quien libra un intenso feudo y a quien pretende superar y desplazar apunta hacia un rumbo incompatible con la estrategia de renuncia a la ciudadanía de EE.UU. En primer término, a pesar de que ocasionalmente menciona a Betances y Albizu, el PIP se ha esforzado denonadamente por presentar una imagen "institucional" y "democrática" ante el electorado puertorriqueño y las autoridades de EE.UU. al promover la solución al problema colonial en el marco de una absoluta "civilidad". En ese sentido, como institución, el PIP nunca ha asumido la responsabilidad por las campañas de liberación de los prisioneros políticos y de guerra puertorriqueños en cárceles de EE.UU. En todo caso, ha sido un componente más de las campañas de excarcelación a quien ha sido necesario recabar apoyo como a cualquier otro. A ello, se suman otros ejemplos:

(1) El proyecto de independencia del PIP durante el trámite del proceso congresional de 1989-1990 (Bennette Johnston), contenía una propuesta para que continuara circulando la moneda de EE.UU. en la República de Puerto Rico y proveía para que los puertorriqueños que así lo quisieran retuvieran la ciudadanía EE.UU. Se trata del primer intento de ciudadanía dual en la República de Puerto Rico. En principio, el Gobierno de EE.UU. no se mostró receptivo a esta propuesta.

(2) El PIP participó en un referéndum en 1991 en alianza táctica con el PPD, en el cual se validaba la ciudadanía de EE.UU. como factor determinante de las relaciones políticas entre ambos pueblos. A `cambio de ello' el PIP lograba que se reclamara que el ELA no estaba sujeto a la cláusula territorial del Congreso de EE.UU.

(3) En las elecciones de 1992 Rubén Berríos Martínez se trasladó a Nueva York para hacer campaña por el candidato a Presidente de EE.UU. Jerry Brown, quien expresaba simpatías con la independencia para Puerto Rico. Por primera vez en este siglo un líder independentista "participa" del proceso electoral norteamericano como estrategia para adelantar la independencia. Hasta esa fecha, el PIP había impugnado en los tribunales el uso de fondos públicos para primarias presidenciales aduciendo que semejante proceso promovía intereses políticos del PNP y PPD incompatibles con el ideal de independencia. La nomenclatura `cívica' del PIP le permitió realizar este ajuste táctico en busca de aliados en el gobierno de EE.UU. Esta tendencia culmina con el establecimiento de una oficina en Washington a cargo de Manuel Rodríguez Orellana, `Secretario de Asuntos con Norteamérica'.

(4) En 1993 el PIP participó en un plebiscito de corte colonial promovido por el P.N.P. que no cumplía con las normas del derecho internacional y en el que el ELA-colonial se presentaba como una alternativa para el electorado. Era un requisito para votar en ese proceso ser ciudadano de EE.UU. Arguyó el PIP que se debía participar tácticamente para crear "contradicciones" y promover la discusión del caso de Puerto Rico en los sectores de poder en EE.UU. Conviene destacar que el Gobierno de EE.UU. en su informe de 1994 al Comité de Derechos Humanos, creado bajo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destacó que la independencia "promovida por una pequeña minoría" obtuvo sólo el 5% en este referéndum y que el Pueblo de Puerto Rico favoreció masivamente mantener una relación estrecha con EE.UU., ya fuese basada en las presentes relaciones (ELA) o a través de la estadidad federada. Véase CCPR/C/81/Add. 4, pág. 6.

(5) En 1996 el PIP compareció ante el Comité de Descolonización de la ONU por conducto de Fernando Martín García y expuso que no era necesaria la intervención del Comité en vista de que estaba en curso la legislación congresional (Proyecto Young) y se debía esperar por una actuación afirmativa del Gobierno de EE.UU. Esta postura muy similar a la que históricamente había asumido el PPD convertía el caso colonial de Puerto Rico por primera vez para el movimiento independentista como un `asunto doméstico' de EE.UU. Es menester destacar que en 1997, motivado en los nuevos "desarrollos" del Proyecto Young, el PIP cambió de posición y reclamó del Comité la intervención y el cumplimiento de las normas del derecho internacional en el proceso plebiscitario.

(6) En 1996 y 1997 el PIP se ha mantenido participando del proceso legislativo congresional del Proyecto Young. Cuál será el requisito para votar en ese proceso es un asunto medular. Aunque tímidamente, el PIP planteó en su primera comparecencia al Congreso que se debía limitar la participación en el proceso a los nacionales puertorriqueños. Su postura no fue radical. No apercibió de las consecuencias de que se adopte el requisito de ciudadanía de EE.UU. como condición para votar. Más grave aún, sin que se haya discutido hacia todo el interior del independentismo, el PIP parece tener la intención de participar en el proceso plebiscitario, bajo cualquier circunstancia, y a tal efecto ha planteado que interesa una cláusula que indique que en caso de que "prevalezca" la anexión-integración el Pueblo de Puerto Rico "se reserva el derecho" a continuar luchando por la independencia. ¿Significa ello que los independentistas del PIP se someterán a esa votación plebiscitaria y acatarán plenamente los resultados de la misma? ¿Dónde queda el principio de no anexión-cultural que cobija al Pueblo de Puerto Rico de conformidad con el derecho internacional y que excluye cualquier posibilidad de que la integración figure como alternativa en la papeleta? El PIP sorprendentemente no ha impugnado la estadidad ni ha solicitado formalmente su exclusión como opción válida en el proceso plebiscitario.

(7) Asimismo durante el proceso legislativo congresional del Proyecto Young, entre 1996-1997, resulta significativo que ninguno de los partidos políticos, en particular el PIP, haya planteado al Congreso que la ley habilitadora se tradujera al idioma español, así como todas las ponencias y documentos, incluso, que las vistas congresionales en EE.UU. y en Puerto Rico se condujeran con traducción simultánea al idioma español, teniendo presente que la inmensa mayoría de la población en Puerto Rico no habla ni entiende el idioma inglés y que el proceso legislativo se tenía que ajustar a la realidad cultural de nuestra nación. En ese contexto, llama la atención que el PIP no haya denunciado y combatido con toda la intensidad y amplitud que demandan las circunstancias la agenda del P.N.P. de imponer el idioma inglés como método de enseñanza a los niños y niñas de las escuelas públicas como flagrante agresión colectiva a nuestra nacionalidad y cultura, visto ello como un requerimiento del gobierno de EE.UU. al movimiento anexionista para "considerar" en un futuro una solicitud de admisión como Estado.

(8) Mientras transcurre el proceso legislativo congresional del Proyecto Young, el PIP no se ha expresado ni ha actuado con firmeza ante el gobierno de EE.UU. con relación al anuncio público de que el Comando Sur del Ejército de Estados Unidos se trasladará al territorio de Puerto Rico y la posible instalación de unos radares en los pueblos de Lajas, Juana Díaz o Vieques. Tampoco se ha expresado con vehemencia en torno a la amenaza a la seguridad y salud del Pueblo de la Isla de Vieques, producto de las maniobras y prácticas de la Marina de Guerra de Estados Unidos en fecha reciente, lo cual nos da una idea de la estrategia conciliatoria y de negociación que mantiene el PIP con el Gobierno de EE.UU. Todavía esperamos por la `respuesta' política concreta del PIP a estas agresiones cometidas contra el Pueblo de Puerto Rico.

(9) Finalmente, el PIP ha guardado silencio y no ha denunciado el monumental fraude que implica la inclusión de una definición de "territorio incorporado" como sustituto de la versión de estadidad en el proceso legislativo congresional del Proyecto Young y que constituye otro intento de entrampamiento colonial para nuestro Pueblo. La estrategia de los anexionistas de lograr la incorporación del territorio de Puerto Rico a EE.UU., sin formalizar su admisión como un estado Estadidad fraudulenta, condenaría a Puerto Rico a otro ciclo de colonialismo en una situación bochornosa y degradante de territorio que vendría a ser la culminación del ELA durante el siglo XXI.

En nuestro artículo anterior, expresamos a manera de conclusión que "la plenitud de la integración económica-colonial de Puerto Rico a Estados Unidos ha producido, sin duda, una conciencia social, afianzada en profundos lazos económicos ...". El PIP es un vivo ejemplo de ello.

En ese contexto, la estrategia de renuncia a la ciudadanía de EE.UU. no es compatible con un partido de naturaleza `cívica' que ya da señales de "comunicación" o "negociación" con el gobierno de EE.UU. para impulsar una independencia por acuerdo en un futuro `previsible'. Un asunto tan complejo como éste no se le puede explicar a la militancia del PIP y mucho menos abrirlo a discusión con la base. Al igual que en el experimento de "pavlov", la dirección del PIP ha optado la estrategia de `acondicionamiento clásico' con sus afiliados: quien renuncie a la ciudadanía de EE.UU. les conminan "afirma" la colonia del ELA. En este proceso de "educación" a su militancia olvidan que la colonia-ELA está predicada en dos ciudadanías y los que renuncian sólo tienen una: la puertorriqueña. Dominados por una concepción "cívica" de la lucha por la independencia no atisban a entender que la renuncia a la ciudadanía de EE.UU. constituye un cuestionamiento de la supremacía territorial que ejerce el gobierno de EE.UU. sobre el territorio de Puerto Rico y por tanto es un acto revolucionario del movimiento de liberación nacional que implica una ruptura con el régimen colonial imperante. Tampoco explica el PIP a su militancia cómo mantener las dos ciudadanías en la colonia y preservar su condición jurídica de `ciudadano de EE.UU.' (esclavo'súbdito'-("national") contribuye a la lucha por la independencia. En sentido más amplio, convendría examinar y re-pensar una estrategia electoral cuya efectividad no se ha comprobado y en la que la dirección del PIP ha logrado desde las elecciones de 1972 (52,000 votos) bajo insignia con un millón quinientos mil electores inscritos a las de 1996 (70,000 votos) bajo insignia con dos millones doscientos mil electores inscritos un crecimiento cuantitativo de 18,000 mil electores y una reducción proporcional del 3.5% del electorado al 3.18%. Han transcurrido 24 años desde entonces.

El PIP tiene derecho a escoger sus métodos de trabajo y trazar su propia estrategia en la lucha por la independencia. En todo caso, el sello de los intereses de clase que representa permeará su método de lucha así como su estrategia. A lo que no tiene derecho es a tergiversar la realidad y la historia para resolver sus problemas de `conciencia' y de `apariencia' al negarse a participar de un método de lucha revolucionario en la mejor tradición Betanciana y Albizuista como es la renuncia a la ciudadanía del imperio. Métodos de lucha variados, cívicos y revolucionarios, resistencia vs negociación, ese es el balance del movimiento independentista al final de siglo. "España no puede dar lo que no tiene", advirtió Betances. Cien años después el Partido de la Independencia tampoco puede dar lo que no tiene.