1984 fue la novela de George Orwell, publicada en 1949, que nos adelantó el mundo de vigilancia al que estamos sometidos hoy, al que se llamó “la policía del pensamiento”. Desde entonces hasta hoy, hemos pasado de la vigilancia física y manual –de expedientes y carpetas materiales– a la vigilancia electrónica y más reciente digital, implantada, no por regímenes totalitarios, sino por las falsas democracias. Ya los Estados conocen todos los actos de los individuos mediante los dispositivos que llevan en sus manos, en sus vehículos y casas, así como los dispuestos en las calles y lugares públicos, y por vía de satélites. Se trata de la llamada “omnipresente vigilancia”. Todo ello, en patente y crasa violación a los derechos y garantías fundamentales de intimidad y libertad de expresión y de asociación. Los propios sujetos ‘voluntariamente’, sin alternativa, ofrecen a través de la nueva tecnología y el ciberespacio la información requerida por el Estado para vigilarles y descifrarles. Así, se criminalizó el amor a la Patria.
Las carpetas de subversivos no fueron una sorpresa para los independentistas. Los independentistas se habían acostumbrado al hostigamiento, persecución y vigilancia de sus personas, de sus familiares y de sus actividades, como parte y consecuencia aceptada de la lucha por su ideal. Sus denuncias públicas sobre estas prácticas ilegales caían en oídos sordos ante el Gobierno y el Pueblo. Se criminalizó el amor a la patria.
La Ley Núm. 53, también conocida como la Ley de la Mordaza desde sus inicios, fue aprobada el 21 de mayo de 1948. La misma define como delito grave, sin derecho a juicio por jurado, y con una condena de hasta 10 años de cárcel, multa hasta de $10,000 o ambas, las siguientes actuaciones o conductas:
1.Fomentar, abogar, aconsejar o predicar la necesidad, deseabilidad o conveniencia de derrocar, paralizar o destruir el Gobierno Insular, o cualquier subdivisión política de éste, por medio de la fuerza o la violencia;
2.Imprimir, publicar, editar, circular, vender, distribuir, o públicamente exhibir cualquier escrito o publicación donde se fomente, abogue, aconseje o predique la necesidad, deseabilidad o conveniencia de derrocar, paralizar o destruir el Gobierno Insular, o cualquier subdivisión política de éste, por medio de la fuerza o la violencia;
3.Organizar o ayudar a organizar cualquier sociedad, grupo o asamblea de personas que fomenten, aboguen, aconsejen o prediquen la derrocación o destrucción del Gobierno Insular, o de cualquier subdivisión política de éste, por medio de la fuerza o la violencia.
La Ley de la Mordaza fue derogada en agosto de 1957. Ya había cumplido sus múltiples propósitos, según concluye la profesora Ivonne Acosta en su excelente investigación y libro titulado La Mordaza A pesar de ello, el carpeteo oficial y mecánico se extendió por 30 años más, hasta 1987.
La Ley de la Mordaza fue instrumental para el establecimiento del Estado Libre Asociado de Puerto Rico –sustenta la Prof. Acosta. El proceso estuvo políticamente viciado por la persecución desatada contra los independentistas y muchos otros que no habían participado directamente de la insurrección nacionalista. Provocó la disminución de la fuerza electoral del PIP. Produjo una represión directa contra los no simpatizantes del gobierno por más de una década; e indirecta, durante las décadas siguientes. Desarrolló y acrecentó una mentalidad generalizada en el pueblo en contra de los llamados subversivos, que generó una persecución secreta y despiadada por la Policía de Puerto Rico, en contubernio con el FBI, en contra de los opositores a las políticas del gobierno. El escándalo fue destapado públicamente con los casos de las carpetas en 1987. El miedo generalizado a la independencia y el distanciamiento hacia los que abogan por ella, persiste aún en nuestros días.
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En 1987 un agente de la División de Inteligencia de la Policía de Puerto Rico, de nombre William Colón Berríos, aseguró la existencia de un esquema de vigilancia y persecución a ciudadanos, alegadamente, subversivos o separatistas por las ondas radiales de WKAQ.
La División de Inteligencia se había formado como parte de un andamiaje del FBI, con personal adiestrado por éstos, para perseguir a toda persona o agrupación que se manifestara contra las políticas del gobierno, principalmente los independentistas, a los que se les conocía como subversivos o separatistas. Ya ha declarado el agente y convicto Julio César Andrades que en la vigilancia todo era permitido y que fue escalando; que los agentes eran entrenados por el FBI y les hablaban de contrainsurgencia, con autorización de tirar a matar; es decir, incluso el asesinato político estaba permitido.
La División de Inteligencia reclutaba estudiantes de la escuela superior, pagándoles entre $40 y $50 semanales, para que se infiltraran en grupos llamados “separatistas” y suministraran información de sus simpatizantes e integrantes y de sus actividades. Se les conocía como confidentes, luego los convertían en agentes encubiertos con un nombramiento gubernamental en la Policía. Alejandro González Malavé fue uno de estos confidentes, reclutado por el Teniente Jaime Quiles en la Escuela Superior Gabriela Mistral de Caparra Terrace allá para principios de la década de los 70. Ambos fueron implicados posteriormente en múltiples actividades criminales, incluyendo la emboscada y asesinatos de dos (2) jóvenes independentistas en Cerro Maravilla, Arnaldo Darío Rosado y Carlos Soto Arriví en julio de 1978. La efectividad y penetración de estos confidentes y agentes encubiertos fue tal, que además de ser “compas” de lucha, almorzaban y cenaban de la cocina de nuestras madres.
Cabe distinguir de los confidentes a los informantes. Éstos eran terceros, familiares, vecinos, compañer@s de trabajo que brindaban información a un agente de la Policía bajo pretexto de que hacían una investigación supuestamente legítima.
El memorando de adiestramiento titulado Proceso Investigativo de la Oficina de Inteligencia no deja dudas de que la Policía y sus agentes conocían que infringían abiertamente los derechos constitucionales de los investigados. El mismo reza en parte:
“Nosotros tenemos que investigar de tal manera que las personas entrevistadas ni la persona investigada se enteren de nuestra labor. En otras palabras, las personas que se entrevisten no pueden saber a quién es que se investiga, por qué se investiga, lo que se investiga, ni quién es el que investiga (no deben saber que usted es un agente de la oficina de inteligencia).
Si nosotros fallamos en esa labor nos exponemos a que radiquen una querella en contra nuestra por violación de derechos civiles y a ser procesados criminalmente. Esto es así, ya que nuestras investigaciones giran en torno a individuos que profesan ideales separatistas y éstos al saber que los estamos investigando alegan que los estamos persiguiendo y reprimiendo por sus ideales y como todos sabemos, esto está prohibido por nuestra Constitución.
Para prevenir ese problema es necesario que adoptemos nuestro propio sistema de investigación, valiéndonos de ciertas artimañas para hacer creer a las personas que entrevistamos que estamos investigando otros asuntos que no tienen nada que ver con subversión o afiliaciones políticas.”
Tras el país conocer la existencia de las carpetas de subversivos, la primera reacción del Gobernador Rafael Hernández Colón fue intentar destruirlas. No será la única ocasión como veremos. Para ese entonces el Lcdo. José Andréu Fuentes era el representante legal del gobierno, quien defendió la postura de la destrucción. Por su parte, David Noriega Rodríguez, al momento legislador por el PIP, se movió inmediatamente y logró una orden interdictal que prohibía la destrucción de las carpetas que fue emitida por el Juez Superior Arnaldo López Rivera. Posteriormente, éste declaró inconstitucional la práctica de persecución por razones ideológicas por infringir los derechos de libertad de palabra, de asociación y de intimidad, y por constituir ello una afrenta a la dignidad del ser humano. Ordenó que se devolvieran las carpetas a las víctimas de la persecución. El 21 de noviembre de 1988 el Tribunal Supremo de Puerto Rico, mediante Opinión del Juez Asociado Hon. Peter Ortiz lo confirmó.
En una segunda opinión, el Juez Asociado Hon. Antonio Negrón García resolvió el 30 de junio de 1992 rechazar todos los reclamos de confidencialidad invocados por el Estado respecto a las carpetas que serían entregadas, incluyendo la expurgación de los nombres de los informantes, confidentes, agentes encubiertos y de terceros. De haberse concedido los reclamos de confidencialidad, se hubieran inutilizado las carpetas para el propósito de descubrir a cabalidad toda la extensión del aparato represivo y de persecución ideológica vigente durante décadas. El Juez Negrón García lo describió de la siguiente manera:
“una rutina investigativa gubernamental pervertida, que por décadas causó en el país un eclipse constitucional, devaluó valores comunitarios y produjo una madeja jurídica que estamos obligados a desenredar para la tranquilidad espiritual de la presente y futuras generaciones. El Estado, aprovechando, más que las diferencias ciudadanas legítimas, las aprehensiones, temores, ignorancia, intolerancia e incluso la histeria en determinados momentos, elevó a categoría oficial la práctica de fichar y mantener listas y expedientes de quienes profesaban la ideología independentista, como si ello fuera un delito. Por ende, el remedio judicial no puede ser parcial ni tampoco inconcluso… Los agentes encubiertos de la División de Inteligencia de la Policía, conocían la lesión constitucional en que incurrían investigando y vigilando sólo por razones ideológicas. Se cumple mejor con la política pública encarnada en la Constitución, revelando la identidad de los agentes, confidentes e informantes. Lo contrario crearía un peligroso precedente que podría propiciar que en el futuro se retornase a esta nefasta práctica…. La exclusión de esos nombres tornaría incoherente la información en los expedientes. De facto, equivaldría a ordenar su destrucción física pues acabaría con su valor jurídico, social e histórico.”
Las carpetas identificaban a los confidentes y agentes encubiertos por códigos, así que las listas de los códigos con los nombres correspondientes se hicieron públicas.
Transcurrió casi año y medio desde la declaración inicial de inconstitucionalidad de la práctica de persecución ideológica en julio de 1987 hasta que el tribunal se incautó, mediante alguaciles, del recinto donde estaban ubicados las carpetas, en enero de 1989. Previo a ello, la División de Inteligencia, ubicada en el noveno piso del Cuartel General, registró una actividad peculiar e intensa durante casi seis (6) meses, acreditada por un libro de entrada y salida encontrado en el lugar, que estableció la presencia de gran cantidad de personas e inusitada actividad en esa área.
Por el examen del contenido (o ausencia de contenido) en las carpetas entregadas, cabe concluir que las mismas fueron de alguna forma depuradas y otras desvanecidas. El proceso de depuración de las carpetas no era extraño, dado que agentes del FBI constantemente visitaban las instalaciones y obtenían y retiraban la información que les interesaba.
Se acreditó a través del pleito Noriega Rodríguez v. Gobernador, que las carpetas cumplían un propósito de abierto discrimen y ostracismo contra el sector independentista puertorriqueño. De esta manera, eran excluidos de empleos y beneficios gubernamentales, de la Guardia Nacional, de las farmacéuticas, de los bancos, de universidades y de otros patronos que tenían acceso directo, por conducto de la División de Inteligencia, para verificar si sus solicitantes eran subversivos, lo que garantizaba un rechazo definitivo.
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De este microcosmos, que se reprodujo en Latinoamérica, en Europa y en Oriente, pasamos en nuestros días a la vigilancia electrónica y digital global. De igual manera, los Jefes de Estados y las jerarquías administrativas de los mismos no están ajenos a un sistema de vigilancia entre las potenciales mundiales. El escándalo surge públicamente cuando la denuncia –al igual que con William Colón Berríos– aflora por sus propios agentes con conocimiento directo. Así Chelsea (Bradley) Manning, Julian Assange y Edward Snowden son perseguidos por denunciar lo conocido por todo el mundo, un esquema de vigilancia global por las principales potencias, particularmente dirigido por la Agencia de Seguridad Nacional (NSA). La indignación surge, como en el caso de las carpetas, por la corroboración indubitada de la existencia del esquema sofisticado de vigilancia, apoyado con múltiples documentos y declaraciones que se hacen públicas, que no pueden ser refutadas, y que atisban tanto insignificancias como importantes correos electrónicos diplomáticos, otros llamados “secretos de estado”, debilidades de carácter de altos funcionarios y actividades comprometedoras. Así la interceptación de llamadas telefónicas a mandatarios y la develación de miles de correos electrónicos diplomáticos y de otra índole por parte de periódicos internacionales, confirman en nuestra época, una vez más, el estado de “la policía del pensamiento”. En esta ocasión, por uno o más Hermanos Mayores indeterminados, con múltiples usos y “justificaciones” –además de la represión–, que incluyen asuntos internos sensitivos de los Estados, el chantaje a sus altos funcionarios y el robo de inventos, secretos y transacciones comerciales, entre otros.
Terminamos observando que ya no hacen falta confidentes del Estado para suplir información sobre nuestras actividades “subversivas” o no. Somos nosotros(as), cada uno(a), los que suministramos día a día toda la información que el Estado represivo requiere. A través de los celulares informamos constantemente nuestra posición, y se graban nuestras llamadas, conversaciones, mensajes de texto, correos electrónicos, acceso a páginas de internet, etcétera. A la vez, esta información se filtra y clasifica por las agencias del gobierno. Si ello no fuera suficiente, suministramos toda nuestra información personal y financiera, estados de ánimos y controversias a través de las redes sociales, las cuales se incautan de las mismas. Aun los que no participan de éstas, quedan señalados por los demás. Los informantes somos tod@s, que a una pregunta –inocente o menos inocente– por Facebook y redes similares nos vaciamos dando toda la información que conocemos, y la que desconocemos, del prójimo. Un experto le dirá que el perfil de su personalidad se puede trazar de una evaluación de su comportamiento en Facebook en menos de tres (3) semanas. Se trata de carpetas digitales permanentes e indelebles en el nuevo orden global.
Aun cuando nos quisiéramos distanciar, los fabricantes y proveedores de estos servicios de la nueva tecnología nos obligan a participar y descubrir todo tipo de información. A manera de ejemplo, recientemente Apple cambió sus sistemas operativos y obliga a sus usuarios a subir a la nube –iCloud— toda la información de sus contactos y de sus calendarios. Ya no se puede hacer un backup directamente a la computadora. Usted podrá adivinar a dónde va a parar toda la información de sus contactos y calendarios.
Sólo queda un aparente resguardo de intimidad, el pensamiento cautivo no expresado por el individuo, su último reducto de razonamiento, análisis e intimidad. Ese también queda expuesto, dirán los especialistas, en el 95% por ciento de los casos, con un buen perfil sicológico de la persona. Puede ser que la única resignación que nos quede sea el acceso a la información general y total, para todos y todas, que no permita el control y su explotación por unos pocos. Así, tal vez, todos(as) nos acercaremos a la verdad, o al menos tendremos acceso a la misma información y exposición. Para los que se atrevan, vemos que el castigo será la persecución inmisericorde.
Quiero invitarlos a que promuevan investigaciones en torno a nuestra historia de persecución política y general utilizando los recursos de las carpetas que ofrece digitalmente la Fundación Juan Mari Brás y aquellos que se encuentran depositados en el Archivo General de Puerto Rico. Las carpetas que no fueron entregadas a las víctimas por no haber sido solicitadas se depositaron en un archivo de la Rama Judicial, sin acceso público por 10 años, a partir de 1993. Posteriormente hubo otro intento de disponer de las carpetas (destruirlas) por el entonces Juez Presidente del Tribunal Supremo, José Andréu García, previo al momento de su retiro. Afortunadamente, su sucesor el Juez Presidente Interino, Francisco Rebollo López, reconoció el alto valor histórico de todo ese material y dejó sin efecto la orden de destrucción de su antecesor. Al presente toda esa documentación valiosa que se encontraba en la División de Inteligencia y que no fue entregada, se encuentra en el Archivo General en espera de investigadores que se presten a la faena de descubrir y reescribir la historia de persecución política e ideológica en nuestro país. Queda de ustedes, estudiantes, profesores e investigadores.
Muchas gracias.
Notas
1 Leyes de Puerto Rico de 1948, Sesión Extraordinaria, pág. 171.
2 Ivonne Acosta, La Mordaza, Puerto Rico 1948-1957, Ed. Edil, 1987, págs. 233 y ss.
3 Las carpetas, largometraje y documental dirigido por Maite Rivera Carbonell.
4 Noriega Rodríguez v. Gobernador, 122 D.P.R. 650 (1988).
5 Noriega Rodríguez v. Gobernador, 130 D.P.R. 919 (1992).
6 Id., págs. 923-24, 942, 954.
7 El joven soldado del ejército estadounidense y analista de inteligencia detenido y convicto como presunto suplidor de documentos clasificados develados por la web de Julian Assange, WikiLeaks. Se le acusó de haber filtrado miles de documentos clasificados acerca de las guerras de Afganistán —conocidos como los Diarios de la Guerra de Afganistán— y de Irak, incluidos más de 250.000 cables diplomáticos de diversas embajadas estadounidenses y el vídeo del ejército conocido como Collateral Murder ('asesinato colateral'). Fue condenado en agosto de 2013 a 35 años de prisión.
8 Programador, periodista, hacker y activista de Internet australiano. Fundador, editor y portavoz del sitio web WikiLeaks, que se dedica a la publicación de documentos clasificados y secretos, incluyendo la denuncia de delitos autorizados y consentidos por el Pentágono y cables estadounidenses diplomáticos confidenciales .
9 Consultor tecnológico y exempleado de la CIA y de la NSA. En junio de 2013, Snowden hizo públicos, a través de los periódicos The Guardian y The Washington Post, documentos clasificados como altamente secretos sobre varios programas de la NSA, incluyendo el programa de vigilancia PRISM (Un programa de vigilancia electrónica secreta de la NSA que permite capturar correos electrónicos, vídeos, chat de voz, fotos, direcciones IP, notificaciones de inicio de sesión, transferencia de archivos y detalles sobre perfiles en redes sociales.) Ver además ECHELON
10 A manera de ejemplo, la canciller alemana Angela Merkel llamó directamente al presidente de Estados Unidos, Barack Obama, para reclamar que la NSA la estaba espiando, incluso interceptando su celular, mensajes de texto, etc.
11 Barrett Brown un periodista americano y ensayista, encarcelado desde el 12 de septiembre de 2012, que afronta cargos crimnales por parte del FBI relacionados con su pasada portavocía del grupo Anonymus y por sus investigaciones relativas al complejo de inteligencia militar y sus contratistas.
12 Orden de 29 de septiembre de 2003, 16) D.P.R. 345 (2003) .
13 Resolución de 3 de noviembre de 2003.
14 Orden Administrativa de 23 de mayo de 2005.
El autor es abogado y formó parte del pleito de Las Carpetas.
Ponencia presentada el 2 de diciembre de 2013, en el 86 onomástico de Juan Mari Brás.